Saltar al contenido principal
Bandera de CatamarcaBandera de ArgentinaMartes, 11 de agosto de 202610°Catamarca
Dólar oficial$1.520
Dólar tarjeta$1.976
Dólar blue$1.535
Dólar MEP$1.526,1
Contado con liqui$1.583,2
Riesgo país451

Educación Cívica · Lección 4

Lección 4: ¿Qué es un decreto? Cuándo el presidente puede gobernar sin el Congreso

Una ley necesita al Congreso. Un decreto lo firma el presidente solo. Pero no todos los decretos son iguales: hay reglamentarios, delegados y de necesidad y urgencia (DNU), cada uno con sus propias reglas y límites.

0

Ya vimos en la Lección 2 cómo una ley recorre el camino del Congreso: pasa por comisiones, se debate en las dos cámaras, y recién ahí queda sancionada. Un decreto es distinto: lo firma el presidente (junto a sus ministros), sin que el Congreso tenga que aprobarlo antes. Es una herramienta del Poder Ejecutivo, no del Legislativo.

El tipo de decreto más habitual es el reglamentario: sirve para completar los detalles de una ley que el Congreso ya sancionó, sin cambiar su contenido. La Constitución se lo permite al presidente en el artículo 99, inciso 2, y no necesita ninguna justificación especial: es parte normal de gobernar, se usa todo el tiempo.

Distinto es el decreto delegado, regulado en el artículo 76 de la Constitución. Acá el Congreso le presta al presidente, por un tiempo limitado y en temas puntuales de administración o emergencia pública, una facultad que en principio es suya. Tiene un límite claro: nunca puede usarse para temas penales, tributarios, electorales o de partidos políticos.

El más fuerte y el más discutido es el decreto de necesidad y urgencia, conocido como DNU, del artículo 99, inciso 3. Solo puede dictarse cuando circunstancias excepcionales hacen imposible seguir el trámite normal de una ley, tiene las mismas prohibiciones que el delegado, y necesita la firma de todos los ministros junto con el jefe de Gabinete. Después pasa a una Comisión Bicameral Permanente, integrada por ocho diputados y ocho senadores, que tiene diez días hábiles para dictaminar.

Acá está el punto que más gente no sabe: para que un DNU quede sin efecto, lo tienen que rechazar las dos cámaras del Congreso, Diputados y Senado. Si una sola cámara lo rechaza pero la otra no, o si ninguna de las dos lo trata, el decreto sigue vigente igual. Eso hace que, en la práctica, sea mucho más fácil para un DNU sobrevivir que para una ley conseguir la aprobación de ambas cámaras. De hecho, recién pasó una vez en toda la historia desde que existe esta regla (2006): en 2024, cuando el Congreso logró rechazar con las dos cámaras un DNU que le daba fondos reservados a la SIDE.

El Congreso no es el único control. La Corte Suprema también puede revisar un DNU y declararlo inconstitucional si concluye que en realidad no había una situación de necesidad y urgencia genuina, sin importar lo que decida el Congreso. Así lo hizo en dos fallos clave: "Verrocchi" (1999), donde tumbó dos DNU que recortaban asignaciones familiares, y "Consumidores Argentinos" (2010), donde anuló un DNU de la crisis de 2002 sobre seguros. En ambos casos, la Corte exigió que el Gobierno mostrara hechos concretos que justificaran no poder esperar al trámite normal de una ley, no alcanza con invocar la urgencia en abstracto.

Un ejemplo bien reciente de cómo funciona esto en la práctica: el decreto 690, que este mes desreguló la actividad de practicaje (la tarea de guiar barcos en la entrada y salida de los puertos), generó un paro de más de 185 embarcaciones en todo el país. El Gobierno terminó suspendiéndolo por las buenas, antes incluso de que el Congreso tuviera que decidir si lo rechazaba. Es un buen ejemplo de que, aunque un decreto no necesite el visto bueno previo del Congreso, igual necesita sostenerse en el tiempo, y ahí entra en juego la reacción de la sociedad, no solo la letra de la Constitución.

Este concepto en acción: Tras una semana de derrotas, trascendió el reclamo de Karina Milei por resultados